“Art. 1º. La provincia de Entre-Duero y Miño con la ciudad de Oporto se dará en toda propiedad y soberanía de S.M. el rey de Etruria con el título de Rey de la Lusitania Septentrional.
Art.2º. La provincia de Alentejo y el reino de los Algarbes, se darán en toda propiedad y soberanía al Príncipe de la Paz, para que las disfrute con el título de Príncipe de los Algarbes.
…] Art. 11º. S.M. el emperador de los franceses sale garante a S.M. el rey de España de la posesión de sus estados del continente de Europa situados a mediodía de los Pirineos.
Convención secreta anexa
Art. I. Un cuerpo de tropas imperiales francesas de veinte y cinco mil hombres de infantería, y de tres mil hombres de caballería entrará en España y marchará en derechura a Lisboa: se reunirá a este cuerpo otro de ocho mil hombres de infantería y de tres mil de caballería de tropas españolas con treinta piezas de artillería.
Art. II. Al mismo tiempo una división de tropas españolas de diez mil hombres tomará posesión de la provincia de Entre Miño y Duero y de la ciudad de Oporto; y otra división de seis mil hombres, compuesta igualmente de tropas españolas tomará posesión de la provincia de Alentejo y del reino de los Algarbes.
Art.III. Las tropas francesas serán alimentadas y mantenidas por la España, y sus sueldos pagados por la Francia durante todo el tiempo de su tránsito por España.
…] Art. VI. Un nuevo cuerpo de cuarenta mil hombres de tropas francesas se reunirán en Bayona, a más tardar el 20 de noviembre próximo …]. Este nuevo cuerpo no entrará sin embargo en España, hasta que las dos Altas Potencias contratantes se hayan puesto de acuerdo a este efecto.
…] Hecho de Fontainebleau, a 27de octubre de 1807. Duroc-Izquierdo”
Naturaleza del texto: Estamos ante una fuente histórica primaria de naturaleza jurídico-política, ya que el texto nos ofrece unos fragmentos de un tratado internacional que establece una alianza político-militar entre el imperio napoleónico y la monarquía española. El tratado de Fontainebleau fue acordado el 27 de octubre de 1807, entre la Francia de Napoleón y la España de Carlos IV, con el objeto de repartirse los territorios de Portugal y hacer así efectivo el bloqueo continental contra Gran Bretaña. Los respectivos plenipotenciarios firmantes fueron el general francés Géraud Duroc y el diplomático español Eugenio Martín Izquierdo. Como consecuencia de este tratado, entraron en la Península 100.000 soldados franceses, que se instalaron en las plazas fuertes de San Sebastián, Pamplona y Barcelona, y, en camino hacia Portugal, en Valladolid, lo que provocó en toda España un sentimiento antifrancés y en contra de Godoy. A principios de 1808 no era difícil vislumbrar el plan de Napoleón: ocupar los tres puertos más importantes de la Península (Barcelona, Cádiz y Lisboa). Ante las intenciones francesas, Godoy propuso el traslado de la familia real a Andalucía, desde donde sería fácil dirigirse a los territorios americanos.
Idea principal: La idea principal del texto es la división que en virtud de este tratado franco-español se hace del territorio portugués. Los artículos 1º, 2º y 11º de dicho pacto acuerdan la formación de un Reino de a Lusitania Septentrional formado por las provincias de Entre-Duero y Miño, con la ciudad de Oporto, que sería entregado al rey de Etruria (art. 1º); la entrega en propiedad a Godoy de la provincia portuguesa del Alentejo y el reino de los Algarbes con el título de Príncipe de los Algarbes (art. 2º); asimismo Napoleón garantiza a Carlos IV la posesión de todos sus estados del continente europeo situados a mediodía de los Pirineos (art. 11º).
En artículos incluidos dentro de una convención secreta, anexa a dicho pacto, se marca la conformación de las tropas (nacionalidad, número, proporción de infantería, artillería y caballería) que se dirigen a Lisboa (art. I) y de las divisiones que conquistarán y ocuparán la provincia de Entre Miño y Duero, con la ciudad de Oporto, y la provincia de Alentejo y el reino de los Algarbes (art. II). El artículo III establece que las tropas francesas, aunque pagadas por el emperador, durante su tránsito por España serán alimentadas y mantenidas por la monarquía hispana. El artículo VI establece el posicionamiento de un cuerpo de cuarenta mil hombres en la ciudad francesa de Bayona, que, previo acuerdo de las potencias firmantes, entrará en territorio peninsular si fuera preciso.
Está bien, únicamente señalo que, como nos explicó nuestra profesora, la convención secreta son los primeros artículos, pues en ellos se reparten los territorios (asunto que supongo no debía saber el pueblo). Los artículos con números romanos son los que se publicaron realmente.
ResponderEliminargracias por decirlo lo necesitaba para un trabajo de historia ;)
EliminarEl tratado de Fontainebleau se mantiene en secreto todo él. Pero de la parte oficial el rey, gobierno.. si tenían conocimiento de la 2ª parte que es como un añadido que firma Godoy con Napoleón no se hizo público para nadie.
EliminarLo que me pones de que el pueblo español debería de saberlo, no es verdad, con Carlos IV es una monarquía absoluta y al pueblo no hay que comunicarle nada, son súbditos del rey y el rey está por encima de todo. De hecho la guerra no empieza por lo que pone esta 2ª parte, empieza porque el ejército francés nada mas cruzar la frontera empieza a invadir toda la península
Espero habértelo aclarado.
es lo que me a dicho la profesora
Eliminar¿Qué recibiría Godoy tras la ocupación de Portugal por Napoleón según el Tratado de Fontainebleau?
ResponderEliminarRecibiría según el art. 2 Godoy (Príncipe de la paz) recibiría el puesto de Príncipe en dicha zona.
Eliminarayyyy gracias
ResponderEliminar